El documento rubricado entre la Federación Argentina de la Industria Maderera y Afines (FAIMA) y la Unión de Sindicatos de la Industria Maderera de la República Argentina (USIMRA) fue comunicado el 31/12/2020 mediante la Circular N° 20-5839. Comprende el otorgamiento de un bono no remunerativo de $ 7.000 a pagar en dos cuotas.
Se detalla al respecto que:
Forma de pago: en dos cuotas, la primera de $3.500 junto con la primera quincena de enero y la segunda de $3.500 con la primera quincena de febrero.
Esta suma extraordinaria no tendrá incidencia sobre los adicionales previstos en la Ley de Contrato de Trabajo, ni en los adicionales del CCT 335/75. Y no se incorporará a los salarios básicos.
Esta suma extraordinaria generará exclusivamente el cumplimiento de las obligaciones para con los aportes y contribuciones a la Obra Social de la Industria de la Madera (OSPIM). Como así también lo previsto en los Art. 32 y 32 bis de la CCT 335/75 y Art. 21 (cuota sindical) del CCT 335/75.
Adjuntamos el ACTA correspondiente que se presentará al Ministerio de Trabajo para su homologación.
Fuente: FAIMA