En consonancia con la extensión de la cuarentena por coronavirus hasta el 10 de mayo, la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) amplió la “feria extraordinaria judicial” por lo que no se computarán procedimientos vigentes vinculados a la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a cargo del ente recaudador.
La resolución 4703/2020 publicada este martes en el Boletín Oficial establece un nuevo período de suspensión en “la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas”, en tanto que establece la habilitación para los “procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)”.
“En virtud de que los procedimientos de fiscalización que se realizan en función de la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), resultan de transcendencia institucional y comprometen el interés fiscal en el marco del actual contexto de emergencia, deviene oportuno habilitar la feria fiscal que se dispone a través de la presente para la tramitación de estos procedimientos”, detalla el texto oficial.
La medida ya había sido puesto en marcha en marzo, por lo que en esta oportunidad la entidad conducida por Mercedes Marcó del Pont repite el esquema desde el inicio del aislamiento preventivo y se amolda a las extensión de las feria judicial prorrogada por la Corte Suprema de Justicia.
Fuente: BAE Negocios