A través de sus canales de comunicación, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que implementó nuevas medidas de alivio y prorrogó hasta finales de julio distintos beneficios vigentes.
El organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont extendió así las suspensiones de los embargos para las pymes y prorrogó la decisión no iniciar nuevas ejecuciones fiscales.
Asimismo, para facilitar las tareas de las empresas, la AFIP postergó hasta mediados de agosto la fecha para que las sociedades presenten sus estados contables. Entre las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, el organismo también habilitó un mes adicional para que las sociedades y monotributistas adhieran al régimen de facilidades de pago de planes caducos.
Suspensión de embargos a las micro, pequeñas y medianas empresas: La Resolución General N° 4740 prorroga hasta el 31 de julio de 2020 la suspensión de traba de medidas cautelares.
Suspensión de nuevas ejecuciones fiscales: La Resolución General N° 4741 suspende de la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias hasta fines de julio, incluso en las jurisdicciones donde se levantó la feria judicial extraordinaria.
Presentación de estados contables: Las sociedades que cerraron sus ejercicios fiscales entre noviembre y enero debían presentar estados contables entre mayo y junio. La Resolución General N° 4743 trasladó esas obligaciones al 18 de agosto.
Régimen de facilidades de pago de planes caducos: A través de la Resolución General N° 4742 se extiende hasta finales de julio el plazo de adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite financiar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social incluidas en planes caducos para empresas, monotributistas y autónomos.
Fuente: AFIP
Por otra parte, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informó que, a través del Decreto 569/2020, se extendió hasta el día 31 de julio el plazo para adherirse a la moratoria para las micro, pequeñas y medianas empresas establecida en el marco de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
De esta forma, la primera cuota de los planes de pago que se presenten durante el mes de julio de 2020 vencerá el 18 de agosto del corriente año. Esta medida había sido solicitada por nuestra Entidad ante las distintas autoridades.
También la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó una serie de medidas de interés. A continuación, se detallan las mismas:
Resolución General 4744/2020: Prórroga hasta el día 31 de julio la vigencia transitoria del Régimen de Facilidades de Pago permanente con relación a los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.
Resolución General 4745/2020: Extensión hasta el día 31 de julio de la eximición de la obligación para los contribuyentes y responsables de registrar sus datos biométricos ante las dependencias a fin de realizar transacciones digitales.
Resolución General 4746/2020: Se podrá acceder al servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” desde el día 26 de junio de 2020 hasta el 3 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, a los efectos de obtener los beneficios del Decreto 332/2020, respecto de los salarios y contribuciones con destino al SIPA que se devenguen durante el mes de junio de 2020.
Fuente: CAC